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EJECUTIVO PROMULGA LEYES PARA POTENCIAR LA CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN TODO EL PAÍS


Normas fueron publicadas hoy en el Diario Oficial El Peruano

EJECUTIVO PROMULGA LEYES PARA POTENCIAR LA

 CIENCIA Y TECNOLOGÍA EN TODO EL PAÍS

·  Ley reafirma al Concytec como ente rector del Sistema Nacional de CTI, incluyendo a los fondos o incentivos de los diversos sectores. También podrá crear oficinas descentralizadas

El Ejecutivo promulgó hoy las modificaciones a la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CTI (28303), y a la Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – Concytec (28613), lo cual permitirá fortalecer y potenciar el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología (Sinacyt),  a través de un trabajo articulado con otros sectores y en un esquema descentralizado.

Precisamente, uno de los aspectos importantes introducidos en estas modificatorias es la posibilidad de implementar oficinas desconcentradas en las regiones del país, a fin de coordinar y articular con los Gobiernos Regionales, además de los diversos sectores públicos y privados de las regiones, las políticas, lineamientos y actividades de promoción de la ciencia, tecnología e innovación (CTI).

La Ley subraya, asimismo, la potestad rectora del Concytec sobre las acciones del  Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica.

En ese sentido, dispone ejercer su función de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones que sobre la materia desarrollen todas las entidades integrantes del Sinacyt, incluyendo a  los programas o unidades ejecutoras que otorguen fondos o incentivos para el desarrollo de la CTI.

Los cambios establecidos disponen también la facultad sancionadora que tendrá el Concytec cuando se infrinjan normas sobre la ética en la investigación, la rendición de cuentas sobre las subvenciones otorgadas, en casos de plagio, o de brindar información falsa, y no guardar reserva sobre la confidencialidad cuando sea requerida, entre otras.

Fondecyt
La nueva Ley Marco de CTI, en su artículo 16°, reafirma al Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica (Fondecyt) como la unidad de ejecución presupuestal del Concytec con patrimonio propio para ejercer las funciones de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinadas a las actividades del Sinacyt, acorde al Plan Nacional de CTI que apruebe el Concytec.

Esta disposición, que dinamiza la gestión administrativa del Fondecyt, ratifica, as u vez,  la facultad rectora del Concytec para definir los lineamientos y políticas orientadas a fomentar la CTI en el país. Así también, su responsabilidad de cautelar los fondos públicos asignados al sector, evitando la duplicidad de funciones administrativas, y con ello, optimizar el uso de los recursos en beneficio del desarrollo nacional.