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LA SEPARACIÓN DE FUNCIONES EN EL NUEVO MODELO PROCESAL PENAL FUE DESTACADO EN RADIO CALLAO





Programa radial “La Corte del Callao te informa” continúa promoviendo el conocimiento de nuestros derechos

“El nuevo Código Procesal Penal, que propone un modelo acusatorio contradictorio, implica un cambio de paradigma en el sistema de enjuiciamiento penal. El fundamento es dotar al nuevo proceso penal de garantías constitucionales basadas en los principios rectores como oralidad, publicidad, inmediación, contradicción, además de la excepcionalidad de la prisión preventiva y la separación de funciones de quien investiga y el que sentencia”.

Así lo explicó el Dr. Juan Romaní Romaní, administrador del módulo penal para delitos cometidos por funcionarios públicos de la Corte Superior del Callao, quien abordó el tema “Principios procesales del nuevo modelo acusatorio” en el programa radial “La Corte del Callao te informa”, que se difundió el último sábado a las 9:30 de la mañana, por las ondas de Callao Super Radio.

Romaní explicó también que “Los principios rectores del nuevo modelo son siete: En primer lugar, la separación de funciones procesales (de investigación y juzgamiento), pues se separan los roles entre los sujetos procesales, que son  distintos e independientes, a fin de lograr el equilibrio procesal y el juicio sereno por medio de la contradicción de las partes adversas (acusación y defensa) frente a un tribunal imparcial. Quien investiga es el Ministerio Público, y quien dicta sentencia es el juez”, concluyó.

Otros principios son: que el juez no actúa de oficio, es decir, el inicio del proceso parte de sujeto distinto al juez. Asimismo, la carga de la prueba la tiene la parte que acusa y, en cuarto lugar, el juez no condena a persona distinta a la acusada, ni por hechos distintos a los imputados.

En quinto lugar, comentó Romaní, tenemos que el proceso se desarrolla conforme a los principios de contradicción e igualdad. Finalmente, tenemos que la garantía de la oralidad es la esencia misma del juzgamiento y, por último, que la libertad del imputado es la regla durante todo el proceso.
         
Fuente: Oficina de Imagen Institucional
             Corte Superior de Justicia del Callao