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NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL SE INSPIRA FUNDAMENTALMENTE EN EL ESTADO DE DERECHO



Se afirmó durante entrevista en programa radial “La Corte del Callao te escucha”

El nuevo Código Procesal Penal es un modelo garantista y de muy buenas proyecciones, que busca atenuar o eliminar cualquier posibilidad de que se vulneren los derechos fundamentales de alguna de las partes durante el desarrollo de un proceso penal, como el derecho al debido proceso, según sostuvo el Dr. Juan Romaní Romaní, administrador del Módulo penal de delitos cometidos por funcionarios públicos de la Corte Superior del Callao, durante la entrevista que ofreció este fin de semana a Radio Callao, en el Programa “La Corte del Callao te informa”.

“Ello demuestra que este nuevo modelo está inspirado en el Estado de Derecho,  pues es un código que está ordenado en torno a la constitución, fundamento jurídico de las autoridades y funcionarios, además que busca promover la vigencia plena de los principios constitucionales como el equilibrio de poderes (por analogía el equilibrio entre las partes en litigio), la equidad, la libertad, la oportunidad y la garantía de imparcialidad y transparencia, contrapuesta a todo signo de corrupción”, comentó Romaní.

Explicó, durante la entrevista sobre “Las novedades del Nuevo Código Procesal Penal”, que en este muevo modelo priman: la oralidad y la inmediatez, donde la elaboración de expedientes y escritos es una cantidad mínima. “También existe una forma directa y categórica para sostener la defensa o la acusación, además que las pruebas pueden actuarse mejor. Incluso se oralizan documentos para que el juez pueda  apreciar mejor las pruebas”, comentó Romaní.

Destacó que en el nuevo modelo acusatorio (contrario al antiguo modelo inquisitivo) todas las audiencias son orales y públicas, y se registran tanto en audio como por vídeo, con un claro afán testimonial y garantista, donde todos los derechos buscan ser protegidos.

Sobre las salidas alternativas, señaló Romaní que la idea central podría resumirse en la búsqueda de solucionar el conflicto, que es al final el objetivo del proceso y del magistrado. Evitar el juicio oral, sería pues, una de las alternativas, dependiendo del caso concreto. 

Fuente:Oficina de Imagen Institucional
Corte Superior de Justicia del Callao