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A TRAVÉS DE CUENTAS BANCARIAS: JURADO NACIONAL DE ELECCIONES COBRARÍA MULTAS A ELECTORES QUE NO SUFRAGARON


El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) procederá, a partir del 1 de febrero, a notificar la multa que tienen aquellos ciudadanos que no sufragaron o integraron las mesas de votación en las elecciones regionales y municipales del pasado 5 de octubre de 2014.
En primera instancia, el JNE enviará a la dirección, que figura en el documento de identidad del omiso en los comicios, una carta conminándolo a pagar la multa electoral e indicándole que tendrá un plazo de 15 días hábiles, desde la notificación, para cancelarla en las agencias del Banco de la Nación, donde solo deberá brindar su número de DNI.
De persistir la negativa a cancelar la deuda, el JNE notificará nuevamente al ciudadano advirtiéndole que si en un plazo de 7 días hábiles no paga el monto, más los gastos procesales, esta institución recurrirá al cobro coactivo.
El elector omiso no podrá disponer del dinero de sus cuentas bancarias hasta que cancele su multa. De ser necesario, el banco dispondrá la transferencia del dinero – incluyendo los intereses y gastos procesales ocasionados – a las cuentas del JNE.
Una vez cancelada, el JNE procederá a solicitar el levantamiento de la cuenta embargada en un plazo de 24 horas.