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MAGISTRADO DE BRASIL DICTÓ CONFERENCIA SOBRE REFORMAS PROCESALES LABORALES EN LA CORTE DEL CALLAO


CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

 Nota de Prensa 105-2014

MAGISTRADO DE BRASIL DICTÓ CONFERENCIA SOBRE REFORMAS PROCESALES LABORALES EN LA CORTE DEL CALLAO

Hizo un análisis comparativo de las experiencias en países de América y Europa.

El magistrado laboral brasilero y catedrático de la Universidad de Sao  Paulo, Manuel Carlos Toledo Filho, dictó la conferencia “Las Reformas Procesales Laborales: Estudio Comparativo” para jueces, auxiliares jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Al inaugurar el evento académico, la Presidenta encargada de la Corte Superior de Justicia del Callao, Evangelina Huamaní Llamas, manifestó su agradecimiento al Juez Manuel Toledo Filho y al Director de Egacal, Dr. Guido Aguila Grados, por hacer posible la presencia del invitado, así como el permanente apoyo a la Corte chalaca con ponentes destacados que permite fortalecer los conocimientos en diversas materias.  
   
El jurista brasilero mencionó que hay dos formas de regulación del derecho procesal laboral en los países que lo reconocen como una rama del ordenamiento jurídico. El derecho procesal del trabajo que es colocado sobre las normas del derecho material, formando un mismo cuerpo legal, y se aplica en países como Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Francia, El Salvador, México.

En tanto, La segunda forma de regulación legal del derecho procesal del trabajo es disciplinada en una ley o código especifico, apartado del código o de la ley reguladora del derecho material. Lo aplican Alemania, Bolivia, Colombia, Paraguay y Portugal. Y existe una tercera situación especial como el caso de Argentina que tiene un derecho procesal descentralizado, con un código o una ley para cada provincia del país y otro caso es Italia.

A su vez el jurista se refirio sobre los principios generales del derecho procesal del trabajo que debe buscar la eficacia del procedimiento laboral, que los mismos sean sencillos, sin dilaciones o complicaciones innecesarias.

En cuanto a la conciliación agregó que es una dimensión más relevante para resolver los conflictos entre el capital y el trabajo pero que no puede ser hecha de cualquier modo,  debe cumplirse con los requisitos solicitados.

Mencionó que el proceso laboral digital que se aplica desde el 2006 en Brasil emplea un sistema electrónico capaz de permitir la práctica del proceso por parte de los magistrados, servidores y otros participantes en la relación procesal, directamente, en cualquier lugar y en cualquier momento. Como ventaja afirma que se elimina o reduce gastos, permite el acceso completo al expediente desde la computadora y elimina el “tiempo muerto" en el proceso convencional – reducción a 1/6 del curso normal.

La segunda ponencia denominada “Contitucionalización del Derecho Laboral en el Perú” estuvo a cargo de Guido Águila Grados, Director de Egacal, quien ésta se ha convertido en la llave maestra para la especialidad del ámbito laboral.”El panorama de hoy ha cambiado y sirve para establecer límites” mencionó.
Águila Grados concluyó su disertación diciendo que la contitucionalización del Derecho Laboral es un fenómeno que nos viene de Europa, que el centro de gravedad del Orden Jurídico se ha desplazado por el Principio de Constitucionalidad, la Constitucionalización del Derecho es la  unificación del Derecho y que la Justicia Constitucional es Legisladora.

Al concluir la Conferencia internacional, se incorporó al Juez laboral brasilero Manuel Carlos Toledo Filho como Miembro Honorario de la Escuela de Formación Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Callao, 09 de Julio del 2014.
Fuente: Oficina de Imagen Institucional.