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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CONSUMA "FAENÓN" AGRARIO Y PERUANOS TENDREMOS QUE PAGAR A ESPECULADORES


ORDENAN CANCELAR DEUDA EN DÓLARES Y ADVIERTE QUE EJECUTIVO SERÍA SANCIONADO SI NO CUMPLE
Pese a la polémica generada, el Tribunal Constitucional ordenó al Gobierno ejecutar su fallo emitido en el 2001 sobre el pago de los bonos agrarios, pese a que la mayoría se encuentra en manos de entidades bancarias y especuladores extranjeros. La sentencia da un plazo de seis meses para que el Ejecutivo elabore un reglamento sobre el tema.
La votación sobre la demanda interpuesta por el Colegio de Ingenieros había quedado empatada tres a tres. El presidente del TC, Oscar Urviola, junto a Gerardo Eto y Ernesto Alvarez consideraron que se debía valorizar los bonos en base al criterio de la Oficina del Tesoro de Estados Unidos y los índices de inflación, así como que se cumpla con el pago en efectivo en un máximo de 8 años fiscales.
Fernando Calle, Juan Vergara y Carlos Mesía votaron porque esto no se aplique, en base a criterios como que el TC no tenía este tipo de atribuciones, que la demanda debieron hacerla los mismos afectados –y no el gremio de ingenieros- y que el procedimiento legal de la deuda había prescrito.
Ante ello, Urviola inclinó la balanza hacia su postura con un doble voto.
El fallo dispone “que el Ejecutivo, en seis meses, emita un decreto supremo regulando el procedimiento para registro, valorización y formas de pago de la deuda en cada caso”.
Se agrega que “el criterio de valorización debe ser el de conversión del valor nominal del bono a dólares, más la tasa de interés correspondiente a los bonos del tesoro americano, el que deberá aplicarse también en los procesos judiciales en trámite”.
Tras los seis meses para la reglamentación, el Gobierno tendrá 5 años para registrar a los tenedores, 2 años para cuantificar la deuda y 8 años para efectuar el pago. El pago podrá definirse entre tierras libres, nuevos bonos, efectivo u otros.
La resolución precisa que “en la elaboración del cronograma de pago, el Ejecutivo debe priorizar a las personas naturales sobre las jurídicas y entre aquellas a los tenedores originales o sus sucesores sobre otras que hayan adquirido los bonos por cesión de derechos y entre los tenedores originales a las personas mayores de 65 años”. Sin embargo, se sabe que solo una mínima parte se encuentra en poder de los tenedores originales, mientras que casi la totalidad de los mismos fue adquirida por especuladores extranjeros y el BCP a precios ínfimos.
Urviola advirtió al Gobierno que los funcionarios públicos involucrados en el tema podrían ser sancionados o destituidos si no cumplen con la sentencia.
“En la sentencia estamos reservando una facultad para ejercer el control sobre el cumplimiento de esta resolución, esa es una facultad del TC. Si el Ejecutivo no cumple en esos plazos, obviamente tenemos la facultad de dictar los apremios”, agregó.

En su defensa, negó apresuramiento y dijo que el fallo “va a reactivar la economía”, ya que proyecta la imagen de un país que sí honra sus deudas.
Fuente: Diario La Razón