Juez suspendió de manera provisional los efectos de la resolución que ordenaba la reposición de Patricia Benavides como titular del Ministerio Público. Con esta decisión, se suspenden los procedimientos disciplinarios contra Espinoza.
El 9° Juzgado Constitucional de Lima emitió una resolución clave en la disputa por la titularidad de la Fiscalía de la Nación. El juez Juan Fidel Torres Tasso declaró fundada la medida cautelar solicitada por Delia Espinoza, suspendiendo de manera provisional los efectos del artículo tercero de la Resolución N° 231-2025-JNJ de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que ordenaba la reposición de Liz Patricia Benavides Vargas como Fiscal de la Nación.
Con esta decisión, se restablece la vigencia del Acuerdo N° 6579-2024 y la Resolución N° 058-2024-MP-FN-JFS, que designan a Espinoza Valenzuela en el cargo, y se suspenden los procedimientos disciplinarios en su contra derivados de la ejecución de la mencionada resolución.
La resolución judicial, fechada el 13 de octubre de 2025, responde a una controversia institucional que involucra a la JNJ, la Junta de Fiscales Supremos y las figuras de Espinoza Valenzuela y Benavides Vargas. El fallo ordena a la JNJ abstenerse de ejecutar cualquier acto que implique la reposición de Benavides Vargas y garantiza que Espinoza Valenzuela continúe ejerciendo como Fiscal de la Nación mientras se resuelve el proceso principal de amparo.
Entre los argumentos jurídicos de la resolución a la que accedió Infobae Perú que sustentan la medida cautelar, el juzgado identificó la afectación directa e inmediata de derechos fundamentales de la demandante. El expediente señala que “dicha disposición afecta de manera directa e inmediata los siguientes derechos fundamentales de mi patrocinada: el derecho al ejercicio pleno de la función pública; el derecho al debido proceso; el derecho a la debida motivación”. El análisis judicial destaca que la falta de motivación en la resolución de la JNJ y la ausencia de firmas de los miembros del pleno constituyen vicios de forma y fondo que comprometen la validez del acto administrativo.
El juez Torres Tasso subrayó que la verosimilitud del derecho alegado por Espinoza Valenzuela se encuentra acreditada, especialmente en lo relativo a la motivación de las resoluciones administrativas y al ejercicio pleno de la función pública. Precisó que la medida cautelar se aplica “para garantizar la efectividad de la eventual sentencia definitiva en el proceso principal”, sin que la decisión implique una designación judicial ni una reposición con efectos retroactivos, sino preservando el estado actual de ejercicio legítimo del cargo durante el trámite judicial pendiente.
En el fallo se requiere a la Junta Nacional de Justicia que, dentro de cinco días de notificada la resolución, expida los actos administrativos necesarios para cumplir el mandato, bajo apercibimiento legal en caso de incumplimiento. “El juez convoca a la JNJ a que disponga la suspensión provisional de los efectos de su resolución y de cualquier procedimiento sancionador en contra de la demandante”, se lee.
El fallo establece que la suspensión de los efectos de la resolución de la JNJ y la vigencia de la designación de Espinoza Valenzuela se mantendrán hasta que se dicte sentencia en el proceso principal, lo que deja abierta la posibilidad de nuevos escenarios según el resultado final del litigio. La vigencia de la medida cautelar se mantendrá hasta que el proceso principal concluya con una sentencia definitiva, asegurando así la estabilidad en la titularidad de la Fiscalía de la Nación durante el desarrollo del proceso judicial.
Fuente: Infobae, 13/10/25