PODER JUDICIAL DEL PERÚ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
COMUNICADO
Frente a los pronunciamientos públicos que se vienen efectuando en algunos medios de comunicación nacional y local respecto de la situación de amenaza la integridad física y psicológica de sacerdotes Diocesanos, la denuncia de estos hechos ante entidades competentes y su posterior archivamiento, resulta necesario expresar a la opinión pública lo siguiente:
1) Por mandato de nuestra Constitución Política del Estado el rol prioritario del Poder Judicial y específicamente de esta Corte Superior de Justicia es la función jurisdiccional, la misma que exige a los Magistrados ejercer este rol garantizando la más absoluta e irrestricta independencia y autonomía.
2) Asimismo, los Magistrados del Poder Judicial ejercen esta función jurisdiccional siempre a pedido de parte y nunca de oficio; debe ser el titular de la acción el que solicite su intervención en un caso concreto.
3) Que en el juzgamiento de un caso concreto que contenga un ilícito penal, los jueces por mandato constitucional está obligados a actuar bajo estricto respeto de derechos fundamentales, el de la presunción de inocencia y el cumplimiento del debido proceso, esto último, implicar garantizar que desde la investigación preparatoria se haya respetado el derecho de defensa.
4) En tal sentido, resulta necesario hacer de conocimiento que los jueces penales de esta Corte Superior de Justicia no han recibido por parte del Ministerio Público, titular de la acción penal, ninguna denuncia vinculada al caso en mención.
5) En consecuencia, el Poder Judicial del Callao se mantiene alerta y trabaja, tal como se ha manifestado líneas arriba, con autonomía e independencia.
Oficina de Imagen Institucional.