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PRESIDENTE OLLANTA HUMALA HA ESCUCHADO EL CLAMOR DE LOS FONAVISTAS: PAGARÁN A FONAVISTAS EN JUNIO


La devolución de los aportes se encuentra respaldada por el referéndum del  3 de octubre de 2010, que otorgó razón a más de 9 millones de peruanos que exigieron la devolución de sus aportaciones al FONAVI. es más en el referéndum  el “Sí” obtuvo 66,473% de los votos válidos, el Jurado Nacional de Elecciones decidió hace unos días proclamarlos y disponer que desde mañana entra en vigencia la ley que ordena la referida devolución.
Así, se ha dispuesto devolver el total actualizado de los aportes descontados de las remuneraciones de los fonavistas, así como lo abonado en aportes de sus empleadores, el Estado, y otros en la proporción que les corresponda.
DEVOLUCIÓN SE HARÁ EN CUENTAS INDIVIDUALES

Además, liquidar los aportes a través de una cuenta individual para cada fonavista, a la cual se aplicará la tasa de interés legal efectiva desde junio 1979 hasta cuando se liquide. Las aportaciones de este fondo se dieron hasta 1998.

El valor total del monto a ser devuelto será notificado a cada beneficiario, a quien se dará un certificado de reconocimiento de aportaciones y de derechos del fonavista.
Para este proceso se formará una comisión ad hoc, encargada de llevar los procedimientos necesarios; posteriormente a su nombramiento, de deberá formular los certificados de reconocimiento en los 120 días siguientes.
COMISIÓN MULTISECTORIAL

El grupo será conformado por dos representantes del ministerio de Economía y Finanzas, uno del ministerio de la Presidencia, uno de la Sunat, dos de la ONP y tres de la Asociación Nacional de fonavistas de los pueblos del Perú.

El grupo deberá redactar el reglamento de la ley en un plazo no mayor a 60 días, texto que deberá ser refrendado por el MEF.
HABRÁ DIVERSAS MODALIDADES

Ahí se definirán las modalidades de devoluciones a ser empleadas, a través de la entrega de viviendas de interés social, terrenos urbanos, efectivo, bonos, conmutaciones tributarias y pagos compensatorios de deudas. El proceso se desarrollará durante 8 años, desde que la comisión ad hoc reciba los padrones de fonavistas.

Se priorizará —a la hora de armar el cronograma de devoluciones— a los fonavistas mayores de 60 años, luego a los que tengan entre 50 y 60 años y finalmente a los menores de 50. En caso de fallecimiento, las devoluciones se harán a los deudos del fonavista.
Dispuesto ello, quedan derogadas las leyes que se opongan a la devolución.