Aplicando el Nuevo Código Procesal Penal
Por haber cobrado 100 soles a un conductor que manejaba su vehículo sin tener licencia de conducir, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior del Callao resolvió por unanimidad condenar a seis años seis meses de pena privativa de la libertad al efectivo policial Carlos Javier Rivera Culquicóndor, por ser autor del delito de corrupción de funcionarios en la modalidad de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
El referido efectivo policial, que se encontraba prófugo, fue capturado en la mañana del viernes 15 de noviembre en virtud a la orden de ubicación y captura dispuesta por la referida Sala, a fin de que sea recluido inmediatamente a un establecimiento penitenciario.
El hecho, según los actuados, ocurrió el 21 de marzo del año 2012, a las 13 horas, cuando Rivera se encontraba prestando servicio individualizado de tránsito para la Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao en su condición de efectivo de la Policía Nacional del Perú.
El colegiado de la Sala Penal de Apelaciones presidida por la Juez Superior María León Yarango e integrada por los magistrados Alfonso Payano Barona y Ricardo Pastor Arce, estableció que la autoridad policial recibió 100 soles de manos de Jim Ronald Diaz Virhuez a cambio de no imponerle la papeleta correspondiente por manejar sin brevete el vehículo de placa BK-3558, lo que implica haber incumplido un acto propio de su función.
El Poder Judicial tramitó la presente causa con el número de expediente 1067-2012-75, habiéndose iniciado el juicio oral el 30 de mayo del 2013, emitiéndose la sentencia de primera instancia el día 15 de agosto, absolviéndose al acusado como autor del delito contra la administración pública-cohecho pasivo propio en agravio del Estado.
La Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, por lo que elevados los actuados se llevó a cabo la audiencia de apelación de sentencia a primeras horas del 29 de octubre del 2013; en dicha audiencia la Fiscalía expuso los fundamentos de su recurso impugnatorio; así como la defensa desarrolló los argumentos pertinente de su teoría del caso, garantizando el Derecho al Debido Proceso y el de Defensa de la parte imputada.
Con fecha 8 de noviembre del 2013, se realizó en la Sala de Audiencias de la Sala Penal de Apelaciones la lectura de sentencia, resolviendo el colegiado por unanimidad revocar la absolución a Carlos Javier Rivera Culquicóndor como autor del delito de corrupción de funcionarios en agravio del Estado, y reformándola, lo condenaron a seis años y seis meses de pena privativa de la libertad y fijaron en la suma de cuatro mil soles el monto que deberá pagar por concepto de reparación civil.
Finalmente, cabe precisar que, con fecha 11 de noviembre del presente año, la misma Sala procesó y por unanimidad revocó la absolución al efectivo Meléndez Barbito y reformándola lo condenaron como autor del delito contra la administración pública en la modalidad de concusión en agravio del Estado, y le impusieron la pena de cuatro años de pena privativa de la libertad efectiva, inhabilitándolo por el término de cuatro años en el ejercicio del cargo que ejercía e incapacidad para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, y deberá pagar cinco mil soles por concepto de reparación civil a favor del Estado.
Fuente: Callao, 19 de noviembre del 2013.
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