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LOS MIEMBROS DE MESA DEL REFERÉNDUM SERÁN LOS MISMOS QUE EL QUE FUERON DE LAS MUNICIPALES



Miembros de mesa del referéndum serán los mismos que el de las municipales

Los miembros de Mesa de Sufragio titulares y suplentes designados para las Elecciones Regionales y Municipales 2018, serán los mismos para la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional y Referéndum Nacional 2018.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales, ONPE, tomó la decisión en  aplicación del artículo 64 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), que dispone que, en caso de haber Elecciones en Segunda Vuelta, los miembros de mesa son los mismos que las conformaron en la primera, sin necesidad de nuevo sorteo.
El mismo órgano electoral, a renglón seguido, dejó sin efecto para la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional y Referéndum Nacional 2018, las excusas y justificaciones que fueron aprobadas con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, al haber cumplido su propósito de exonerar y justificar a los miembros de mesa para el referido proceso electoral.
Además estableció que los miembros de mesa que ejercerán funciones en la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional y en el Referéndum Nacional 2018, que se encuentren impedidos de desempeñar la función, podrán presentar las solicitudes de excusa al cargo de miembro de mesa dentro del período comprendido entre el 12 al 16 de noviembre de 2018 en la Mesa de Partes de la Sede Central de la Oficina Nacional de Procesos Electorales o en las Mesas de Partes de cada una de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales instaladas para los referidos procesos.
El artículo 58 de la LOE dispone que “El cargo de miembro de Mesa de Sufragio es irrenunciable, salvo los casos de notorio o grave impedimento físico o mental, necesidad de ausentarse del territorio de la República, estar incurso en alguna de las incompatibilidades señaladas en el artículo anterior o ser mayor de setenta (70) años”.
La ONPE estableció igualmente que los miembros de mesa que ejercerán funciones en la Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional y en el Referéndum Nacional 2018, que se encuentren impedidos de ejercer el cargo, podrán presentar las solicitudes de justificación al cargo de miembro de mesa dentro del período comprendido entre el 12 de noviembre al 03 de diciembre de 2018, en las Mesas de Partes de cada una de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales instaladas para los referidos procesos.
Fuente: Agenda Pais,com